RECURSO

El TSJA tumba el intento de la CGT por hacer fija en la Ciudad a la plantilla de las Brigadas Verdes

El TSJA tumba el intento de la CGT por hacer fija en la Ciudad a la plantilla de las Brigadas Verdes
brigadas verdes
Imagen de recurso.
La Sala de lo Social de Sevilla concluye que "no ha podido ser acreditado el número de afiliados que el sindicato actor tiene en la entidad demandada en el momento de interposición de la demanda (ni en ningún otro), habiendo respondido el testigo aportado con evasivas y datos cambiantes y aproximativos sin soporte ni respaldo alguno”.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tampoco ha aceptado el intento de la CGT de hacer fijos a los trabajadores de las Brigadas Verdes en la Ciudad y ha rechazado su recurso contra la sentencia de primera instancia que concluyó que el sindicato no tiene legitimación para instar un procedimiento por supuesta cesión ilegal de trabajadores en las Brigadas Verdes.

“De la prueba practicada y, en particular, de las declaraciones testificales llevadas a cabo no ha podido ser acreditado el número de afiliados que el sindicato actor tiene en la entidad demandada en el momento de interposición de la demanda (ni en ningún otro), habiendo respondido el testigo aportado con evasivas y datos cambiantes y aproximativos sin soporte ni respaldo alguno”, concluye la sentencia, que recuerda que “consta igualmente acreditado que tampoco tiene representación alguna en el Comité de Empresa, el cual está integrado exclusivamente por miembros de UGT y CCOO”.

La CGT pidió en marzo del año pasado que se declarara una cesión ilegal de los 143 trabajadores de las Brigadas Verdes argumentando que sus labores al servicio de la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos (FPAV) “son las habituales y estructurales de la Ciudad Autónoma” y que la administración local “subvenciona la totalidad de los gastos de la empleadora”, por lo que “son empleados de la Ciudad”.

En primera instancia la magistrada sólo entró al fondo del asunto para advertir que “dicha petición no es posible toda vez que la entidad cesionaria es la Administración Pública y que, como es sobradamente conocido, la jurisprudencia de forma reiterada ha establecido que la calificación adecuada de la relación laboral entre la Administración y los trabajadores, de estimarse la pretensión, sería la de indefinida no fija”.

El TSJA se ha limitado a esgrimir argumentos de forma contra su iniciativa. “Respecto al tan alegado interés colectivo, no está de más mostrar al menos dudas acerca de que la cuestión relativa a una cesión ilegal de trabajadores podría ser más propia de un conflicto plural de intereses que colectivo”, avisa. Además, niega que la CGT haya demostrado desde ningún punto de vista su presencia en Ceuta: “No se ha acreditado la existencia de afiliados al sindicato ni tampoco la implantación del mismo siquiera en la ciudad, ya que se desconoce desde cuándo existe la denominación y consolidación de la Confederación General del Trabajo de Andalucía, Ceuta y Melilla y se ignora si solo previamente o también simultáneamente existía la más conocida de Andalucía”, advierte la Sala de lo Social.

El Tribunal tampoco ha aceptado la “relación de noticias reflejadas en distintos medios de comunicación” esgrimida por la CGT para intentar evidenciar una supuesta “relevancia social” en Ceuta, ya que “su examen sobrepasaría los límites de la revisión fáctica prevista en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social” y porque “ni siquiera se hace referencia al contenido de las mismas ni a la conclusión o hecho concreto que se extrae de ellas para valorar de tales hechos la relevancia del sindicato”.

El TSJA tumba el intento de la CGT por hacer fija en la Ciudad a la plantilla de las Brigadas Verdes


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