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La Ciudad no renuncia a dar suministro legal de agua y luz a viviendas fuera de ordenación

La Ciudad no renuncia a dar suministro legal de agua y luz a viviendas fuera de ordenación
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Imagen de recurso.

Después de casi un lustro de batallas políticas (hasta con la Delegación) y peleas judiciales, el espíritu del artículo 15 de la Ordenanza de Cédulas de Habitabilidad aprobada en 2013, anulado y suprimido por TSJA, que decía que en ciertas viviendas fuera de ordenación se podría autorizar "con carácter excepcional" la contratación provisional de servicios básicos "hasta tanto se apruebe el instrumento de desarrollo de planeamiento urbanístico que le sea de aplicación y en todo caso con la aprobación del nuevo PGOU", sigue vivo.

El objetivo es que las familias que residan en viviendas fuera de ordenación con unas condiciones mínimas y que no puedan ser demolidas ni regularizadas con los instrumentos en vigor tengan acceso a luz y agua. En septiembre del año pasado, Caballas elevó al Pleno una propuesta para elaborar una Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo de Declaración de la Situación de Asimilación al Régimen de Fuera  de Ordenación que sirviera para “regular situaciones consolidadas que, aún naciendo contrarias al ordenamiento urbanístico, el transcurso del tiempo hace que o sea posible la restauración de ese orden jurídico infringido”.

El consejero de Fomento sometió el proyecto a una doble condición para recibir el apoyo del PP: “No invadir el marco competencial que nos corresponde para evitar una segunda nulidad por parte de los tribunales” y “no generar ningún tipo de derechos a los infractores de las normas urbanísticas”. Bajo ambos condicionantes avanza ahora la actuación gubernamental. En abril, la Consejería que dirige Néstor García inició los trámites legales preceptivos para la aprobación de un Reglamento de Medidas Urgentes sobre Disciplina Urbanística cuyo texto vendrá a “regular detalladamente, entre otros extremos, el régimen de la asimilación a fuera de ordenación”.

Tras someterse a consulta pública, “a día de hoy, una vez trascurrido ese período de 30 días hábiles y tras el análisis de las aportaciones que se han recibido, incluida la de la Subdirección General de Urbanismo del Ministerio de Fomento, se procederá a continuar la tramitación del correspondiente Reglamento”, según el balance del grado de cumplimiento del Acuerdo  Plenario alcanzado hace quince meses que ha hecho la Consejería de Fomento.

El documento parte de que no se hará viable “ninguna posible ‘legalización urbanística’ de lo ilegalmente construido” sino que se pretende “simplemente arbitrar con la mayor claridad posible el régimen jurídico de la declaración de construcciones y edificaciones en situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación en Ceuta, manteniendo su consideración de contrarias al ordenamiento jurídico, pero, al mismo tiempo, clarificando su situación legal de acuerdo con la doctrina jurisprudencial emanada desde hace tiempo por el Tribunal Supremo”.

“La Ciudad”, resume, “necesita afrontar situaciones consolidadas que, aun naciendo contrarias al ordenamiento urbanístico, el transcurso del tiempo hace que no resulte posible la restauración de ese orden jurídico infringido”.

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