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El TSJA revoca la adjudicación de las dos licencias para minusválidos de Auto Taxi

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha revocado la adjudicación de las dos licencias de Auto Taxi para discapacitados por “graves irregularidades cometidas en el proceso”. De esta manera, uno de los dos adjudicatarios perderá su licencia para obtenerla la persona a la que le correspondía, mientras que el otro la conservará en segundo lugar.

El Gobierno cree que con un 8,72% de uso comercial adapta la Manzana a la sentencia del TSJA

El pleno de la Asamblea ha aprobado con los votos favorables del PP y la negativa de la oposición el modificado del proyecto de la Manzana del Revellín, que deja la superficie comercial en un 8,72 por ciento, por debajo del 10 por ciento que marcó el propio pleno el pasado diciembre, y que según el consejero de Fomento ya ajusta el proyecto a las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declaraban ilegal la obra. Y es que según Dóncel, ese 8,72 por ciento, que no incluye la superfie de aparcamientos, es ya una pequeña zona comercial que invite a la entrada tal y como marcaba el PGOU.

La Ciudad decide no acudir a la Comisión de Videovigilancia convocada por el TSJA

La Ciudad ha decidido no acudir a la reunión de la Comisión de Garantías de Videovigilancia convocada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Una reunión de la Consejería de Presidencia, encabezada por el consejero Pedro Gordillo, junto a responsables del Centro de Proceso de Datos y técnicos de la Ciudad, ha decidido que la convocatoria hacía referencia precisamente a cámaras de videovigilancia, mientras que el dispositivo instalado en Ceuta es de control de tráfico.

El TSJA anula la sentencia en contra de la Ciudad sobre el empadronamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ceuta que estimaba el recurso a una petición de empadronamiento denegada por carecer de tarjeta de residencia. El Tribunal no comparte los criterios del Juzgado ceutí, y alega en los fundamentos de Derechos que al no ser el solicitante nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de otros Estados pertenecientes al acuerdo de Espacio Económico Europeo o de otros Estados a los que se aplique la misma legislación, la tarjeta de residencia es un requisito insoslayable.

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